Todos los ciudadanos Argelinos con 18años de edad, residentes en la Circunscripción Consular de Madrid están concernidos por el censo relativo al Servicio Nacional.

Expediente para el censo:

§    una partida de nacimiento

§    una ficha de inscripción consular

§    un certificado del censo (formato PDF)

§    un documento de identidad (tarjeta consular, DNI Argelino) o tarjeta de residencia

§    cuatro (04) fotos.

Expediente de solicitud de dispensa o de renovación:

Los mismos documentos facilitados para el expediente del censo.

§    un certificado escolar o de formación válido

§    un certificado de dispensa ya expedido (en caso de renovación de dispensa)

§    dos (02) fotos (para la renovación de la dispensa)

Solicitud de dispensa (por apoyo familiar):

§    una solicitud manuscrita de dispensa

§    tarjeta de inscripción consular con fotocopia

§    una partida de nacimiento

§    una fotocopia del libro de familia de los padres

§    una partida de defunción del padre, si fuese el caso:

§    un acta de divorcio o de separación de los padres (partida del juicio), si fuese el caso:

§    un certificado de no actividad salarial u otro documento justificativo de invalidez o de incapacidad laboral de los padres

§    las tres nóminas y/o un certificado o contrato de trabajo o cualquier otro documento certificando una actividad liberal (registro de comercio)

§    los diplomas obtenidos

§    un certificado de cese de los estudios

§    un impreso individual de datos personales disponible en la Sección Consular.

Exención médica:

§    facilitar los mismos documentos que los previstos en el expediente del censo

§    un certificado médico expedido por un centro hospitalario universitario o por un especialista.

Medidas Presidenciales:

Los ciudadanos que tienen una doble nacionalidad, concernidos por el Servicio Nacional del país de adopción deben presentar ante la Sección Consular de la Embajada una solicitud de dispensa del Servicio Nacional, juntando los documentos justificativos expedidos por las autoridades militares del país de adopción.

Solicitud de duplicado de documentos del Servicio Nacional:

·    una solicitud de duplicado presentada por el interesado

·    una denuncia de extravío o por otro motivo, expedida por el Servicio Consular

·    dos (02) fotos de identidad recientes

·    una fotocopia o referencia del documento extraviado(facultativo)

·    la tarjeta de inscripción consular con fotocopia

Casos particulares:

Los ciudadanos que tienen una doble nacionalidad, concernidos por el Servicio Nacional del país de adopción deben presentar ante la Sección Consular de la Embajada una solicitud de dispensa del Servicio Nacional, juntando los documentos justificativos expedidos por las autoridades militares del país de adopción.

Nb.los ciudadanos concernidos por el Servicio Nacional pueden consultar las listas (formato PDF), para informarse sobre el retiro de las tarjetas de dispensa o de prórroga del Servicio Nacional.