LA LEY DE FINANZAS COMPLEMENTARIA PARA 2020
La Ley de Finanzas complementaria (LFC) para el año 2020, adoptada el martes 2 de junio por el Consejo de la Nación, ha sido publicada en el Boletín Oficial nº33, el 4 de junio de 2020.
El texto de ley prevé una disminución de los gastos presupuestarios a 7.372,7 millones de DA (dinares argelinos) en vez de los 7.823,1 millones de DA de la Ley de Finanzas (LF) inicial. Los ingresos presupuestarios también bajarían a 5.395,8 millones DA en lugar de los 6.289,7 millones de DA de la LF inicial. En cuanto al déficit, debería alcanzar 1.976,9 millones de DA (-10,4% del PIB) contra 1.533,4 millones de DA previstos en la LF inicial (-7,2% du PIB).
Entre las principales medidas de la LFC 2020, se prevé el aumento de la tasa sobre los productos petrolíferos (TPP) o asimilados en 3 DA/litro para las tres categorías de gasolina y en 5 DA/litro para el gasoil así como el alza del impuesto de la tasa (timbre) aplicada a las transacciones de vehículos nuevos.
El texto prevé asimismo la sustitución del impuesto sobre el patrimonio por el impuesto sobre la fortuna, con ampliación del campo de las personas a las que se impondrá y el aumento de su valor de acuerdo con una escala progresiva.
Por otra parte, el texto estipula la reorganización y reformulación del sistema de impuesto fijo único (IFU), cancelando el régimen de declaración controlada para los oficios no comerciales.
Además de la exoneración total del IRPF para los ingresos inferiores a 30.000 DA mensuales, la Ley instaura una revisión del Salario nacional mínimo garantizado (SNMG) pasándolo de 18.000 DA a 20.000 DA, ambos aplicables a partir del 1 de junio de 2020.
En el marco de la inversión, el texto estipula la eliminación de la regla de repartición del capital social 49/51%, exceptuando aquellas actividades de compra y reventa de productos y las que revisten un carácter estratégico.
La LFC prevé asimismo la eliminación del derecho preferente del Estado sobre todas las cesiones de acciones o partes sociales realizadas por o en beneficio de extranjeros, además de la anulación de las disposiciones que obligan la financiación de las inversiones mediante recursos locales.
Por otra parte, el texto introduce la instauración de un nuevo régimen preferente para la reactivación de las industrias mecánica, electrónica y eléctrica a través de exoneraciones fiscales y de la exención de los aranceles, descartando las colecciones destinadas a la industria de ensamblaje y montaje automóviles (CKD). Contempla también la exoneración de los aranceles y del impuesto sobre el valor añadido (IVA), durante un período de dos años renovables, para los componentes y materias primas importados o adquiridos localmente por subcontratistas.